Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 309 bis Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Penales Baja California
Artículo 309 bis. Corrección de vicios formales en la audiencia

Cuando el juez considerare fundada la solicitud de corrección de vicios formales planteada por el imputado o tercero civilmente demandado, respecto de la acusación o la demanda civil de reparación de daños y perjuicios, ordenará que los mismos sean subsanados, sin suspender la audiencia, si ello fuere posible. los vicios formales en el ofrecimiento de medios de prueba deberán ser subsanados en la propia audiencia intermedia y en caso contrario, el juez ordenará su exclusión. 

Si los vicios no pudieran ser subsanados en la propia audiencia, el Juez ordenará la suspensión de la misma por el período necesario para la corrección de los mismos, el que en ningún caso podrá exceder de cinco días. Transcurrido este plazo, si la demanda civil de reparación del daño y perjuicios no es corregida se tendrán por no presentada. Si no es corregida la acusación del Ministerio Público, el Juez dará vista al Procurador por un plazo de tres días.

Si el Procurador no subsanare oportunamente los vicios, el Juez procederá a decretar el sobreseimiento de la causa.

Si la víctima u ofendido han hecho valer algún vicio formal de la acusación el Juez en la audiencia escuchará al Ministerio Público sobre tales observaciones. Si el Ministerio Público se negase a corregir los vicios formales señalados por la víctima u ofendido, se dejarán a salvo sus derechos para presentar queja ante el Procurador General de Justicia, a menos de que el vicio consistiese en que el Ministerio Público omitió solicitar la reparación del daño, caso en el cual se suspenderá la audiencia y se dará vista al Procurador General de Justicia por un plazo de tres días para que, en su caso, corrija esa omisión.



Estado de Baja California Artículo 309 bis Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...308 309 309 bis 310 311 ...433

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse